TEMARIO- GUÍA FORMACIÓN EN SERVICIO DE VIGILANCIA EN BUQUES EN SEGURIDAD PRIVADA
Acerca de esta obra
La vigilancia y custodia comprenderá tanto los aspectos relativos a la seguridad de la embarcación (detección de incendios, control de inundación y sentinas, prevención de la contaminación marítima y protección del medio ambiente, etc.) como los relativos a la protección frente a ilícitos. Asimismo, la vigilancia y custodia de las embarcaciones cuando se encuentren atracadas en puerto, aun cuando la embarcación no esté atracada en la localidad donde tenga fijada su base. La acción protectora tendrá un carácter eminentemente preventivo, tendente a evitar la comisión de delitos y otras infracciones, y se ejercerá mediante la vigilancia de los bienes y el control de acceso a los mismos. La acción en materia de seguridad irá dirigida a evitar situaciones críticas en la seguridad de las embarcaciones y se ejercerá mediante el cumplimiento de las órdenes internas de Vigilancia Aduanera sobre custodia y vigilancia de embarcaciones. El servicio de vigilancia y custodia de las embarcaciones podrá efectuarse por vigilantes de seguridad con armas o sin armas. El servicio a prestar por presencia de un vigilante de seguridad por embarcación comprenderá: a) La vigilancia y custodia de las embarcaciones cuando se encuentren atracadas en puerto, aun cuando la embarcación no esté atracada en la localidad donde tenga fijada su base. b) La vigilancia y custodia de las embarcaciones cuando se encuentren en astilleros o varaderos c) La vigilancia y protección de los buques y otras embarcaciones a flote, los locales portuarios, la línea de atraque y los aparcamientos, si los hubiera. El servicio de vigilancia tendrá carácter eminentemente preventivo, dirigido a proteger a las personas, embarcaciones, instalaciones, bienes y equipos de cualquier actividad delictiva o infracción, sin perjuicio de que los vigilantes de seguridad puedan desarrollar funciones represivas en los casos y con los límites legalmente previstos. Identificación de los visitantes, empleados públicos y del personal autorizado para acceder a la embarcación y los locales portuarios, conforme se determine en el protocolo de seguridad, mediante la revisión de la documentación personal y, en su caso, la anotación de la entrada y salida. Entrega y recogida a los visitantes de los distintivos de identificación.
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